Estonia informó al Consejo de Europa que activó el Artículo 15 del Convenio Europeo de Derechos Humanos (CEDH), que brinda la oportunidad de restringir en parte las libertades, incluidas las libertades religiosas y la libertad de expresión, para hacer frente a la crisis del coronavirus.
Armenia, Moldavia, Georgia, Letonia y Rumanía también han notificado al Consejo de Europa. Los países no actuaron como grupo. Estonio notificó al consejo el 20 de marzo y la medida fue inesperada.
El artículo 15 del CEDH establece que, en tiempos de guerra u otras emergencias públicas que amenacen la vida de la nación, cualquier parte contratante de la convención puede tomar medidas en derogación de sus obligaciones en virtud de la convención en la medida estrictamente requerida por las exigencias de la situación. Sin embargo, esto solo puede ocurrir siempre que las medidas no sean incompatibles con las otras obligaciones del estado en virtud del derecho internacional.
El ministro de Relaciones Exteriores, Urmas Reinsalu (Isamaa), dijo en una entrevista con Indrek Kiisler de ERR el sábado que el estado puede necesitar tomar medidas para limitar los derechos garantizados por la convención para resolver la crisis de coronavirus durante la situación de emergencia que durará hasta mayo 1)
Reinsalu dijo que los abogados del Ministerio de Relaciones Exteriores creen que es correcto informar al consejo que se pueden tomar medidas para limitar los derechos garantizados por la convención.
Reinsalu agregó: «El hecho es que ya hemos tomado estos pasos durante la situación de emergencia. En opinión de la República de Estonia, estos pasos son legítimos, pero la evaluación final será realizada por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Por ejemplo , tenemos libertad limitada de reunión, porque actualmente tenemos prohibido hacerlo. Esto es una restricción en el sentido de la convención sobre derechos humanos y, por lo tanto, es lógico y apropiado que se informe al Consejo de Europa «.
Reinsalu dijo que esta fue una acción legal y no política, y agregó que no firmó la carta y tampoco lo hizo el primer ministro Jüri Ratas (Centro), pero fue realizada por funcionarios.
También dijo que Estonia no actuó como parte de un bloque de países.
«No nos hemos retirado del CEDH con esta carta, pero está claro que ciertos derechos están restringidos hoy en Estonia. Pero la razón de las restricciones es legítima», dijo.
El 17 de marzo, Estonia declaró una situación de emergencia y prohibió el derecho de las personas a reunirse en público, lo que incluye reuniones para el culto religioso. Todos los conciertos y actuaciones fueron prohibidos, las escuelas cerraron y se trasladaron en línea. Se reintrodujeron los controles fronterizos. A partir del 25 de marzo, las personas solo pueden reunirse o moverse en grupos de dos, en público (excepto las familias).
Ministerio: Estonia no suspende los derechos garantizados por la Convención
El Ministerio de Asuntos Exteriores dijo en un comunicado que se informará al Consejo de Europa si se introducen nuevas restricciones durante la crisis del coronavirus. Dijo que Estonia informará inmediatamente al consejo y continuará el cumplimiento de los derechos humanos internacionales, incluido el CEDH.
La presentación de la notificación al Consejo no significa que Estonia haya dejado de garantizar los derechos establecidos en la convención.
La jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos establece que los países deben notificar al Secretario General del Consejo de Europa sobre las medidas impuestas con la suficiente rapidez para que la excepción hecha sea aplicable en casos judiciales más adelante.
La conformidad de las restricciones impuestas en Estonia con el CEDH será decidida por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos después de la finalización de los procedimientos legales nacionales.
Basarse en el artículo 15 de la convención no exime al Estado de Estonia de responsabilidad si el estado ha tomado medidas excesivas y desproporcionadas.
Las medidas tomadas en una situación de emergencia deben ser justificadas y proporcionadas.
Estonia se adherirá a las leyes vigentes y garantizará la protección de los derechos fundamentales de las personas también en situaciones de emergencia, dijo el ministerio.
Canciller de Justicia: esto no cambia la validez de la Constitución de Estonia.
La canciller de Justicia, Ülle Madise, dijo que activar el Artículo 15 no significa que la constitución de Estonia esté en peligro.
«Les puedo asegurar que mientras se mantenga el escrutinio constitucional independiente, no se permitirá ninguna violación constitucional», dijo Madise en una publicación en las redes sociales.
«La suspensión de la plena aplicación del Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales no suspende ni modifica la validez de la Constitución de la República de Estonia. Además: el estado de emergencia impuesto para combatir la epidemia no es constitucionalmente comparable a un estado de emergencia o un estado de guerra «.
MEP Paet: No es necesario invocar el Artículo 15
El miembro del Parlamento Europeo Urmas Paet (Reforma) dijo que no es necesario que Estonia notifique al Consejo de Europa sobre la necesidad de tomar medidas desproporcionadas, ya que una disposición totalmente separada regula la libertad de reunión en la convención de derechos humanos.
Paet dijo que cuando un estado miembro informa al secretario general del Consejo de Europa sobre la invocación de ese artículo, será posible que el estado restrinja la libertad de religión, libertad de expresión u otras libertades.
«Tal comportamiento es sorprendente, ya que Estonia efectivamente no tiene ninguna razón para notificar sobre la necesidad de la introducción de tales medidas desproporcionadas. Además, asegurar los derechos fundamentales es particularmente importante en la actual crisis temática de la atención médica», dijo Paet.
«Además, la abrumadora mayoría de otros países democráticos del Consejo de Europa no han enviado tal aviso o expresado el deseo de hacerlo, aunque el coronavirus se está abordando en todas partes».
El eurodiputado dijo que las razones que Reinsalu expuso en una entrevista que justificaron la medida «no son válidas ni sustantivas» responden la pregunta.
«Invocar el Artículo 15 es necesario solo cuando un estado miembro planea tomar medidas que no se describen en la convención. Por lo tanto, el movimiento del gobierno de Estonia ha causado una situación que causa preocupación, ya que establece un precedente peligroso que podría usarse como si para justificar la restricción de los derechos fundamentales «, dijo, pidiendo al ministro de Relaciones Exteriores que retire la notificación.
Artículo 15
El Convenio Europeo de Derechos Humanos se puede ver en su totalidad aquí; El artículo 15 está abajo:
En tiempo de guerra u otra emergencia pública que amenace la vida de la nación, cualquier Alta Parte Contratante puede tomar medidas que deroguen sus obligaciones en virtud de [la] Convención en la medida estrictamente requerida por las exigencias de la situación, siempre que dichas medidas no sean incompatibles con sus otras obligaciones según el derecho internacional.
No se hará ninguna excepción al Artículo 2, excepto con respecto a las muertes resultantes de actos legales de guerra, o de los Artículos 3, 4 (§ 1) y 7 bajo esta disposición.
Cualquier Alta Parte Contratante que haga uso de este derecho de excepción mantendrá al Secretario General del Consejo de Europa plenamente informado sobre las medidas que ha tomado y las razones de las mismas. También informará al Secretario General del Consejo de Europa cuando tales medidas hayan dejado de funcionar y las disposiciones de la Convención se estén ejecutando nuevamente. »
Fuente: ERR
