Un panel de tres jueces del Tribunal de Apelaciones de Estados Unidos para el 10º Circuito ha dictaminado que una diseñadora de páginas web cristiana debe crear sitios web que entren en conflicto con sus opiniones religiosas.
En una decisión de 2-1 publicada el lunes, el panel del circuito falló en contra de Lorie Smith y su empresa de diseño web, 303 Creative, declarando que deben proporcionar servicios para los matrimonios del mismo sexo si ofrecen dichos servicios para las bodas tradicionales.
Smith presentó en 2016 un recurso legal previo a la aplicación de la Ley Antidiscriminación de Colorado, argumentando que la ley la obligaría a prestar servicios que van en contra de sus creencias religiosas y es inconstitucional.
Lo que estaba en cuestión era un plan para empezar a construir sitios web para bodas, pero con el deseo de no prestar esos servicios para bodas del mismo sexo debido a las objeciones religiosas a las uniones. En 2017, un tribunal de distrito dictaminó que Smith no podía impugnar la ley y confirmó esa decisión en un fallo posterior.
La jueza de circuito Mary Beck Briscoe, nombrada por Clinton, fue la autora de la opinión mayoritaria. El tribunal de apelación reconoció que 303 Creative podía ser procesada en virtud de la CADA si se negaba a crear sitios web para celebrar bodas entre personas del mismo sexo mientras ofrecía esos servicios para bodas entre personas de distinto sexo.
Sin embargo, Briscoe concluyó en parte que «CADA es una ley neutral de aplicación general, y que no es inconstitucionalmente vaga o excesivamente amplia».
«Colorado tiene un interés imperioso en proteger tanto los intereses de dignidad de los miembros de grupos marginados como sus intereses materiales en el acceso al mercado comercial», escribió Briscoe.
«Al regular las entidades comerciales, como los apelantes, las leyes de alojamiento público ayudan a garantizar una economía libre y abierta. Por lo tanto, aunque la naturaleza comercial del negocio de los recurrentes no disminuye su interés de expresión, sí proporciona a Colorado un interés estatal ausente cuando regula la actividad no comercial.»
En cuanto a las intenciones de 303 Creative de poner una declaración en su sitio web explicando su negativa a crear sitios web para bodas entre personas del mismo sexo, la opinión mayoritaria concluyó que «Colorado puede prohibir la expresión que promueva una actividad ilícita, incluida la discriminación ilícita».
Los abogados de Smith afirman que el estado ha establecido una norma «mordaza» que prohíbe a los diseñadores y artistas expresar en el mercado online opiniones religiosas sobre el matrimonio que indiquen que alguien es «inoportuno, objetable, inaceptable o indeseable.»
«Habiendo concluido que la Primera Enmienda no protege la propuesta de denegación de servicios de los apelantes, también concluimos que la Primera Enmienda no protege la Declaración Propuesta», continuó la opinión mayoritaria.
«Algunas partes de la Declaración Propuesta podrían no violar la Cláusula de Acomodación, como las partes que expresan el compromiso de los Apelantes con sus clientes o las convicciones religiosas de la Sra. Smith. Sin embargo, la Propuesta de Declaración también expresa la intención de negar el servicio basado en la orientación sexual – una actividad que la Cláusula de Acomodación prohíbe y que la Primera Enmienda no protege.»
El juez jefe del Décimo Circuito, Timothy M. Tymkovich, nombrado por George W. Bush, fue el autor de una opinión disidente. Argumentó que «la Constitución protege a la señora Smith de que el gobierno le diga lo que tiene que decir o hacer».
«Pero la mayoría adopta la notable -y novedosa- postura de que el gobierno puede obligar a la señora Smith a producir mensajes que violan su conciencia», escribió Tymkovich.
«Al hacerlo, la mayoría concluye no sólo que Colorado tiene un interés imperioso en obligar a la Sra. Smith a pronunciar un mensaje aprobado por el gobierno en contra de sus creencias religiosas, sino también que su ley de acomodación pública es el medio menos restrictivo para lograr este objetivo. Ningún caso ha llegado tan lejos».
Tymkovich sostiene que, aunque «Colorado está legítimamente interesado en proteger a ciertas clases de personas de un trato arbitrario y discriminatorio», el Estado no debería «darle la vuelta a la tortilla a la Sra. Smith y señalar su discurso y sus creencias religiosas para darles un trato discriminatorio bajo la égida de las leyes antidiscriminatorias».
El CADA obliga a la Sra. Smith a violar su fe so pena de ser sancionada, tanto al prohibir las prácticas comerciales basadas en la religión como al penalizarla si se pronuncia sobre estas cuestiones de forma que Colorado considera «inoportuna» o «indeseable»», continuó.
El abogado John Bursch, del grupo legal sin ánimo de lucro Alliance Defending Freedom, que representa a Smith, denunció la decisión del tribunal y declaró que tiene previsto apelar el fallo.
«El gobierno nunca debería obligar a los profesionales creativos a promover un mensaje o una causa con la que no están de acuerdo. Eso es la quintaesencia de la libertad de expresión y la libertad artística», dijo Bursch en un comunicado.
«Lorie está feliz de diseñar sitios web para todas las personas; simplemente se opone a que la obliguen a volcar su corazón, su imaginación y su talento en mensajes que violan su conciencia».
Entre los críticos de los esfuerzos de 303 Creative se encuentra Americans United for Separation of Church & State. Este grupo de defensa progresista se unió a otros grupos en la presentación de informes amicus en 2020.
«La amplia exención para la discriminación por motivos religiosos que 303 busca para poder negar la igualdad de servicio a las parejas del mismo sexo necesariamente permitiría también a las empresas negar el servicio a las personas de la religión ‘equivocada’ (o raza, o sexo, o cualquier otra característica protegida por la Ley)», argumenta el escrito de Americans United.
«Una sentencia a favor del 303, por tanto, socavaría, no fortalecería, la libertad religiosa, al perjudicar la capacidad de los habitantes de Colorado de vivir como miembros iguales de la comunidad, independientemente de su fe o creencia.»
En 2018, el Tribunal Supremo de Estados Unidos falló en contra del trato que Colorado dio a un panadero cristiano castigado por negarse a hacer un pastel para una boda del mismo sexo, desafiando las leyes de discriminación del estado.
Sin embargo, el Tribunal Supremo se negó este mes a escuchar el caso de un florista de Washington que fue castigado por negarse a proporcionar arreglos florales para una boda del mismo sexo.
Fuente: Christian Post
