{"id":8347,"date":"2019-04-30T10:31:17","date_gmt":"2019-04-30T16:31:17","guid":{"rendered":"http:\/\/conciencianacional.org\/?p=8347"},"modified":"2019-04-30T10:31:17","modified_gmt":"2019-04-30T16:31:17","slug":"chile-abogado-canonista-sobre-polemica-por-secreto-de-confesion-es-una-intolerancia-a-las-libertades-religiosas","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/observatoriolibertadreligiosa.org\/?p=8347","title":{"rendered":"(Chile) Abogado canonista sobre pol\u00e9mica por secreto de confesi\u00f3n: \u201cEs una intolerancia a las libertades religiosas\u201d"},"content":{"rendered":"<p>Para Alejandro \u00c1lvarez, representante de la organizaci\u00f3n Voces Cat\u00f3licas, obligar por ley a un sacerdote a revelar los secretos que escucha en confesi\u00f3n entra en conflicto no solo con el derecho can\u00f3nico, sino tambi\u00e9n con el ordenamiento jur\u00eddico chileno y, m\u00e1s all\u00e1 de eso, podr\u00eda revelar \u201cuna cierta persecuci\u00f3n a la libertad de culto\u201d. El abogado argumenta que se trata de un \u201catropello a la libertad religiosa\u201d porque el Estado de Chile reconoce la autonom\u00eda de todas las iglesias.<\/p>\n<p>Tres a\u00f1os dur\u00f3 el debate en el\u00a0<strong>Parlamento franc\u00e9s<\/strong>\u00a0para decidir en 2010, y comenzar a aplicar en 2011, la prohibici\u00f3n de llevar cualquier vestimenta que cubra completamente el rostro. La ley no lo mencionaba directamente, pero se refer\u00eda al velo integral \u2013<em>niqab<\/em>\u00a0y\u00a0<em>burka<\/em>\u2013 que utilizaban alrededor de 2.000 musulmanas que resid\u00edan en el pa\u00eds (al momento de comenzar a aplicar la norma la poblaci\u00f3n musulmana en Francia rondaba los 6 millones de personas).<\/p>\n<p>En octubre de 2018, el\u00a0<strong>Comit\u00e9 de Derechos Humanos de las Naciones Unidas (ACNUDH)<\/strong>dijo que\u00a0<strong>la prohibici\u00f3n era violatoria de los derechos humanos y las libertades religiosas.<\/strong>Las propias asociaciones isl\u00e1micas se hab\u00edan quejado por tratarse de una ley que, a su juicio, contribu\u00eda a\u00a0estigmatizar m\u00e1s a su religi\u00f3n\u00a0y que alentar\u00eda a los m\u00e1s radicales.<\/p>\n<p>El Comit\u00e9 tambi\u00e9n concluy\u00f3 que la prohibici\u00f3n\u00a0<strong>\u201cpodr\u00eda tener el efecto contrario de confinarlas en sus hogares, impedir su acceso a los servicios p\u00fablicos y marginarlas\u201d.<\/strong>\u00a0Seg\u00fan informes de medios franceses, en 2015 se entregaron m\u00e1s de 200 multas por llevar un velo en p\u00fablico; mientras que dos mujeres francesas fueron procesadas y condenadas en 2012 por usar velos faciales.<\/p>\n<p>Este no es el \u00fanico ejemplo en el que la religi\u00f3n puede llevar a la c\u00e1rcel. En\u00a0<strong>Cuba<\/strong>, el pasado lunes 22 de abril, los pastores evang\u00e9licos Ram\u00f3n Rigal y Ayda Exp\u00f3sito fueron condenados a 2 a\u00f1os y 18 meses de c\u00e1rcel, respectivamente, por \u201cactos contrarios al normal desarrollo del menor\u201d, esto por haberse negado, en 2017, a enviar a sus hijos 7 y 11 a\u00f1os -en ese momento- a la escuela p\u00fablica, gestionada por el Estado. El portal\u00a014ymedio\u00a0explica que el rechazo obedece a que\u00a0<strong>\u201cconsideran que -la educaci\u00f3n- est\u00e1 viciada por una intensa propaganda ideol\u00f3gica y porque en sus aulas se promueve el ate\u00edsmo\u201d.<\/strong><\/p>\n<p>El medio tambi\u00e9n cita un pronunciamiento del\u00a0<strong>Observatorio Cubano de Derechos Humanos (OCDH),<\/strong>\u00a0que se refiere a un \u201cproceso legal manipulado contra los dos pastores evang\u00e9licos por solo buscar para sus hijos un modelo educativo distinto al que obliga el Estado totalitario en la isla: educarlos en casa\u201d.<\/p>\n<p>Ahora en Chile tambi\u00e9n se busca regular un punto medular de la Iglesia Cat\u00f3lica:\u00a0<strong>el secreto\u00a0de confesi\u00f3n.<\/strong>\u00a0El 23 de abril se aprob\u00f3 en la\u00a0<strong>C\u00e1mara de Diputados<\/strong>\u00a0un proyecto de ley que obliga a los pastores, ministros de culto, di\u00e1conos o sacerdotes a denunciar delitos que conozcan a trav\u00e9s de una confesi\u00f3n. La propuesta continuar\u00e1 su tr\u00e1mite en el\u00a0<strong>Senado<\/strong>\u00a0y, mientras tanto, ha elevado las voces de rechazo de diferentes sectores, m\u00e1s all\u00e1 de la\u00a0<strong>Conferencia Episcopal.<\/strong><\/p>\n<p><strong>Alejandro \u00c1lvarez, abogado especializado en Derecho Can\u00f3nico y representante de la organizaci\u00f3n Voces Cat\u00f3licas<\/strong>\u00a0explica que \u201cel Estado de Chile le reconoce a la Iglesia Cat\u00f3lica, y a todas las comunidades religiosas, que pueden regirse por leyes y reglamentos especiales\u201d. En este sentido, agrega que el proyecto de ley \u201cnos pone en un episodio de intolerancia a las libertades religiosas y, en alguna medida, en una cierta persecuci\u00f3n a la libertad de culto\u201d.<\/p>\n<p><strong>-\u00bfEsto sucede porque estamos en medio de una sociedad menos respetuosa de la libertad de culto?<\/strong><\/p>\n<p>-S\u00ed. Fundamentalmente, en mi opini\u00f3n, se trata de una cultura fragmentada, que no busca la verdad, sino donde grupos radicalizados buscan\u00a0<strong>imponer verdades parciales, que pretenden erigir como verdades absolutas.<\/strong>\u00a0Esos extremos se traducen en intolerancia, violencia. Mucho m\u00e1s grave que no respetar tal o cual creencia, lo que est\u00e1 de fondo es que no se respeta a la persona humana.<\/p>\n<blockquote><p>El sigilo sacramental es un sigilo absoluto. Es decir, el sacerdote no puede realizar ninguna acci\u00f3n con la informaci\u00f3n que le dieron en la confesi\u00f3n\u201d.<\/p><\/blockquote>\n<p><strong>-\u00bfEl hecho de que por ley se decida sobre un sacramento de qu\u00e9 manera afecta la libertad de culto?<\/strong><\/p>\n<p>-Muy fuertemente.\u00a0<strong>Es un atropello terrible, grave, a la libertad de culto.<\/strong>\u00a0El ordenamiento jur\u00eddico chileno reconoce expresamente el sigilo sacramental en el art\u00edculo 547, inciso segundo, del\u00a0<strong>C\u00f3digo Civil;<\/strong>\u00a0y en el art\u00edculo 20, de la\u00a0<strong>Ley 19.638<\/strong>, que regula la constituci\u00f3n jur\u00eddica de las iglesias y organizaciones religiosas. En el C\u00f3digo Civil\u00a0<strong>el Estado de Chile le reconoce a la Iglesia Cat\u00f3lica, y a todas las comunidades religiosas, que pueden regirse por leyes y reglamentos especiales.<\/strong>\u00a0En el caso de la Iglesia Cat\u00f3lica la ley que la rige es el Derecho Can\u00f3nico. La Ley 19.638 dice que el Estado reconoce a estas corporaciones, ya sean de derecho p\u00fablico o privado, plena capacidad de goce y ejercicio, por lo que pueden erigir sus propias instituciones, sus leyes, su reglamento y el Estado chileno lo reconoce.\u00a0<strong>Este rechazo a esa indicaci\u00f3n es un atropello a la libertad religiosa y manifiesta una ignorancia muy grande por parte de los legisladores<\/strong>, porque el Estado de Chile, separado de la Iglesia, reconoce la autonom\u00eda de todos los grupos intermedios y de todas las iglesias en el art\u00edculo 547 y en la ley 19.638.\u00a0<strong>Esta vulneraci\u00f3n es grave porque, adem\u00e1s, Chile tiene relaciones diplom\u00e1ticas con el Vaticano.\u00a0<\/strong>No solo est\u00e1 en el \u00e1mbito de una confesi\u00f3n religiosa, sino que tambi\u00e9n en la relaci\u00f3n que tiene el estado de Chile con el estado del Vaticano.<\/p>\n<blockquote><p><strong>\u201cHist\u00f3ricamente los sacerdotes han dado su vida por no revelar el secreto de la confesi\u00f3n\u201d<\/strong><\/p><\/blockquote>\n<p><strong>-En Cuba vimos un caso reciente de unos padres que fueron a la c\u00e1rcel,\u00a0son pastores cristianos, y no quer\u00edan que su hijo recibiera la educaci\u00f3n obligatoria que establece el Estado por ser atea. \u00bfSe corre el riesgo de que la legislaci\u00f3n traspase estos l\u00edmites?<\/strong><\/p>\n<p>-Claro, si se aprueban legislaciones que desconozcan la libertad de culto, la libertad religiosa, evidentemente los creyentes, un sacerdote o cualquier persona por no obedecer lo que el Estado indica podr\u00eda significar c\u00e1rcel o alguna otra pena para los miembros de las iglesias. Ahora, respecto al sigilo sacramental, en la Iglesia Cat\u00f3lica,\u00a0<strong>hist\u00f3ricamente los sacerdotes han dado su vida por no revelar el secreto de la confesi\u00f3n.<\/strong>\u00a0Hay historias de m\u00e1rtires, que han muerto, antes de revelar el secreto sacramental.\u00a0<strong>Esta circunstancia nos pone en un episodio de intolerancia a las libertades religiosas\u00a0<\/strong>y, en alguna medida, en una cierta\u00a0<strong>persecuci\u00f3n a la libertad de culto, que puede afectar a la iglesia Evang\u00e9lica, Cat\u00f3lica, al mundo Jud\u00edo, en fin<\/strong>. A cualquier confesi\u00f3n religiosa que pueda ser atacada por este desconocimiento que est\u00e1n haciendo los legisladores en Chile.<\/p>\n<p><strong>-Ahora la legislaci\u00f3n se refiere al secreto de confesi\u00f3n, pero \u00bfpodr\u00eda haber otros sacramentos u aspectos dogm\u00e1ticos de la fe en peligro?<\/strong><\/p>\n<p>-Lo que est\u00e1 en discusi\u00f3n en este momento es la obligaci\u00f3n que pesa sobre los sacerdotes y los miembros de la iglesia en denunciar e informar de todos aquellos delitos de los cuales tengan conocimiento. En ese punto, no hay ning\u00fan problema porque la Iglesia, de hecho, est\u00e1 empe\u00f1ada en colaborar con la justicia y en entregar la informaci\u00f3n, pero\u00a0<strong>no podr\u00edan entregar informaci\u00f3n que haya recibido con ocasi\u00f3n de la celebraci\u00f3n del sacramento de la confesi\u00f3n.<\/strong><\/p>\n<blockquote><p>Le corresponde al Estado garantizar que todas las personas pueden creer libremente, expresar su creencia, por lo tanto, en nuestro pa\u00eds no se pueden prohibir los signos religiosos\u201d.<\/p><\/blockquote>\n<p><strong>-\u00bfHay diferencia entre el secreto de confesi\u00f3n y el secreto profesional de un m\u00e9dico o un abogado?<\/strong><\/p>\n<p>-S\u00ed. Son dos dimensiones totalmente distintas. El sigilo sacramental es un sigilo absoluto. Es decir,\u00a0<strong>el sacerdote no puede realizar ninguna acci\u00f3n con la informaci\u00f3n que le dieron en la confesi\u00f3n.<\/strong>\u00a0De hecho, podr\u00eda encontrarse con una persona que se confes\u00f3, y la persona le podr\u00eda decir: \u201cPadre, se acuerda de lo que le confes\u00e9 la semana pasada\u201d. El sacerdote tiene que decir que no. Es radical.<\/p>\n<p><strong>-En Semana Santa vimos los atentados a las iglesias de Sri Lanka, \u00bfese tipo de ataques tambi\u00e9n van contra la libertad religiosa?<\/strong><\/p>\n<p>-As\u00ed es.\u00a0<strong>Son expresiones de esta intolerancia.<\/strong>\u00a0La violencia contra los que no piensan como estos grupos, y a esas realidades no somos ajenos. Aqu\u00ed, en Chile,\u00a0<strong>hay que recordar las protestas que algunos j\u00f3venes estudiantes protagonizaron, donde destruyeron un Cristo de la iglesia de la Gratitud Nacional,<\/strong>\u00a0o han atentado contra algunos templos, por el solo hecho de ser expresiones religiosas. Esa circunstancia habla de una intolerancia, de falta de cultura y respeto a la diversidad en la que vivimos hoy en sociedad.<\/p>\n<p><strong>-\u00bfSi un sacerdote escucha una confesi\u00f3n de un delito, sea v\u00edctima o victimario, hay mecanismos para que levante el secreto, dentro de la misma Iglesia?<\/strong><\/p>\n<p>-No.\u00a0<strong>Nadie podr\u00eda pedirle al sacerdote que levante ese secreto.<\/strong>\u00a0El \u00fanico que podr\u00eda autorizar, pero solo en el momento mismo de la confesi\u00f3n, es el penitente, pero podr\u00eda poner como restricci\u00f3n: \u201cNo diga qui\u00e9n soy yo. No revele qui\u00e9n le cont\u00f3 esto\u201d.<\/p>\n<p><strong>-\u00bfNi siquiera el Papa podr\u00eda autorizar al sacerdote?<\/strong><\/p>\n<p>-No. Nadie. De hecho,\u00a0<strong>violar la obligaci\u00f3n de este sigilo sacramental, que es absoluto e inviolable, atrae una sanci\u00f3n que es autom\u00e1tica, que es la excomuni\u00f3n.<\/strong>\u00a0Un sacerdote por el solo hecho de revelar lo que conoci\u00f3 con ocasi\u00f3n de la confesi\u00f3n queda excomulgado\u00a0<em>latae sentenciae,<\/em>\u00a0queda fuera de la Iglesia.<\/p>\n<blockquote><p><strong>\u201cLe corresponde al Estado garantizar que todas las personas pueden creer libremente\u201d<\/strong><\/p><\/blockquote>\n<p><strong>-\u00bfC\u00f3mo compatibilizan entonces las leyes de la Iglesia, con las leyes laicas?<\/strong><\/p>\n<p>-Precisamente porque las leyes civiles que tiene cada pa\u00eds regulan aspectos externos; si se quiere, el fuero externo de la conducta de las personas. No entran en los aspectos psicol\u00f3gicos y espirituales. Mientras que\u00a0<strong>en la Iglesia fundamentalmente lo que se encuentra regulado son dimensiones del fuero interno y la confesi\u00f3n, evidentemente, es un tema de fuero interno.<\/strong>\u00a0Por lo tanto,\u00a0<strong>el sacerdote no es un juez.<\/strong>De hecho, el sacerdote no es parte del Estado. El Estado debe investigar los delitos y todos los temas y\u00a0<strong>la Iglesia colaborar con toda la informaci\u00f3n, menos con aquella que reciba con ocasi\u00f3n de la confesi\u00f3n,<\/strong>\u00a0porque all\u00ed el sigilo sacramental es absoluto.<\/p>\n<blockquote><p>Es un atropello a la libertad religiosa y manifiesta una ignorancia muy grande por parte de los legisladores, porque el Estado de Chile reconoce la autonom\u00eda de todas las iglesias\u201d.<\/p><\/blockquote>\n<p><strong>-\u00bfQu\u00e9 impacto tiene ir contra alg\u00fan punto medular de la fe, sea el secreto de confesi\u00f3n, o el derecho de decidir de una mujer musulmana si usa burka o no?<\/strong><\/p>\n<p>-Es una vulneraci\u00f3n a un derecho constitucionalmente consagrados, como lo es la libertad religiosa.\u00a0<strong>Le corresponde al Estado garantizar que todas las personas pueden creer libremente, expresar su creencia,<\/strong>\u00a0por lo tanto, en nuestro pa\u00eds no se pueden prohibir los signos religiosos, no se puede prohibir la pr\u00e1ctica religiosa, y aqu\u00ed hay otro aspecto bien importante:\u00a0<strong>algunos han sostenido que toda la dimensi\u00f3n religiosa est\u00e1 dentro de la esfera privada de las personas y la verdad es que a la libertad religiosa, precisamente, le asiste el derecho a expresarse p\u00fablicamente, porque la fe es una cuesti\u00f3n que se expresa p\u00fablicamente.<\/strong>\u00a0Tiene una dimensi\u00f3n personal, pero tambi\u00e9n fundamentalmente p\u00fablica y, por lo tanto, constre\u00f1ir, limitar, o afectar esta dimensi\u00f3n p\u00fablica de la libertad religiosa es tambi\u00e9n una vulneraci\u00f3n a este derecho.<\/p>\n<blockquote><p>Esta vulneraci\u00f3n es grave porque, adem\u00e1s, Chile tiene relaciones diplom\u00e1ticas con el Vaticano. No solo est\u00e1 en el \u00e1mbito de una confesi\u00f3n religiosa, sino que tambi\u00e9n en la relaci\u00f3n que tiene el estado de Chile con el estado del Vaticano.<\/p><\/blockquote>\n<p><strong>-\u00bfC\u00f3mo funcionan los mecanismos propios de auto-regulaci\u00f3n de las iglesias?<\/strong><\/p>\n<p>-En el caso de la Iglesia Cat\u00f3lica, que es la que yo conozco, frente a toda esta crisis de abusos que ha habido ha establecido mecanismos que permiten ofrecer toda la colaboraci\u00f3n para que las v\u00edctimas y las personas denuncien a la justicia civil y can\u00f3nica, los abusos de los cuales hayan sido v\u00edctimas, o de los que hayan sabido. En esto se ha avanzado profundamente.\u00a0<strong>Desde el Vaticano, en la reuni\u00f3n que tuvieron los cardenales con el Papa se estableci\u00f3 esta incorporaci\u00f3n de la obligatoriedad de denunciar todos estos hechos.<\/strong>\u00a0Antes no exist\u00eda esta obligaci\u00f3n.\u00a0<strong>La Iglesia se ha autoimpuesto la obligaci\u00f3n de colaborar con la justicia;<\/strong>\u00a0pero eso, de ninguna manera, puede significar vulnerar el sigilo sacramental. En t\u00e9rminos pr\u00e1cticos eso se traduce en, por ejemplo, cuando un tribunal eclesi\u00e1stico recibe una denuncia por abuso o delitos contra menores, junto con el procedimiento can\u00f3nico que inicia, informa a la Fiscal\u00eda respectiva, para que tambi\u00e9n el Ministerio P\u00fablico de cada pa\u00eds inicie sus propias investigaciones y persiga esos delitos.<\/p>\n<p>Fuente: <a href=\"https:\/\/ellibero.cl\/actualidad\/abogado-canonista-sobre-polemica-por-secreto-de-confesion-es-una-intolerancia-a-las-libertades-religiosas\/\">El Libero<\/a><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Para Alejandro \u00c1lvarez, representante de la organizaci\u00f3n Voces Cat\u00f3licas, obligar por ley a un sacerdote a revelar los secretos que escucha en confesi\u00f3n entra en conflicto no solo con el derecho can\u00f3nico, sino tambi\u00e9n con el ordenamiento jur\u00eddico chileno y, m\u00e1s all\u00e1 de eso, podr\u00eda revelar \u201cuna cierta persecuci\u00f3n a la libertad de culto\u201d. 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