{"id":73146,"date":"2021-08-23T10:26:21","date_gmt":"2021-08-23T16:26:21","guid":{"rendered":"https:\/\/observatoriolibertadreligiosa.org\/news\/?p=73146"},"modified":"2021-08-23T10:26:22","modified_gmt":"2021-08-23T16:26:22","slug":"espana-ante-eutanasia-si-hay-un-derecho-a-morir-habria-un-deber-de-matar","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/observatoriolibertadreligiosa.org\/?p=73146","title":{"rendered":"(Espa\u00f1a) Ante eutanasia: \u00abSi hay un derecho a morir, habr\u00eda un deber de matar\u00bb"},"content":{"rendered":"\n<p class=\"wp-block-paragraph\">\u201cSi hay un derecho a morir, habr\u00eda un deber de matar por parte del m\u00e9dico, y esa contraposici\u00f3n entre derecho y deber, adem\u00e1s de romper todos los principios de nuestra civilizaci\u00f3n europea, creo que no encaja en nuestra Constituci\u00f3n\u201d. Con estas palabras ha explicado a la periodista Sara de la Torre de la revista ECCLESIA el catedr\u00e1tico de la Universidad Rey Juan Carlos, Ignacio S\u00e1nchez C\u00e1mara.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Partiendo de la Filosof\u00eda del Derecho, ha recordado en esta entrevista algunas de las tesis que se abordaron en la XLIII edici\u00f3n de los Cursos La Granda. El derecho a la vida ha de ser tutelado por el Estado de derecho, y que no existe un derecho a morir y mucho menos un derecho que obligue al m\u00e9dico a acabar con la vida del enfermo, ha explicado S\u00e1nchez C\u00e1mara.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>Todos defendemos el derecho a la vida, pero cada vez se abre camino un pretendido derecho a la muerte. \u00bfExiste realmente un derecho a morir?<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Desde la promulgaci\u00f3n de esta Ley habr\u00eda que considerar que, en principio, s\u00ed, porque la Ley garantiza el ejercicio de ese derecho a la eutanasia y lo define adem\u00e1s como el derecho a que a alguien le quiten la vida. En ese sentido, s\u00ed. Ahora bien, si hablamos desde el punto de vista de lo que es el Derecho, de lo que ha sido nuestra tradici\u00f3n jur\u00eddica y posiblemente de nuestra Constituci\u00f3n, habr\u00eda que decir que no cabe un derecho a morir. Entonces, si de hecho lo hay, como ya se han presentado dos recursos de inconstitucionalidad, es posible que el Tribunal Constitucional lo declare constitucional. Pero en este momento, considerando la Ley vigente, hay que decir que lamentablemente s\u00ed se ha consagrado ese derecho.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>Da la sensaci\u00f3n que es como un mantra que est\u00e1 calando en una sociedad cada vez m\u00e1s deshumanizada.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Es cierto que hay un cierto proceso de deshumanizaci\u00f3n en grandes sectores de la sociedad. Hay una grave crisis moral, una grave crisis pol\u00edtica, una polarizaci\u00f3n de la sociedad con p\u00e9rdida de la concordia que presidi\u00f3 la transici\u00f3n y los a\u00f1os posteriores, una grave crisis de valores, pero hablar de sociedad deshumanizada me parece un poco exagerado. Otra cosa es que podamos ir caminando hacia ese tipo de sociedad si no se le pone remedio.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>\u00bfExisten razones para oponerse constitucionalmente a esa Ley de eutanasia?<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Hablando con cautela, porque no soy experto en cuestiones constitucionales, creo que hay razones de fondo, la principal es que se vulnera el derecho a la vida. Algunos podr\u00e1n decir que a nadie se obliga, que es una renuncia, pero yo creo que el derecho a la vida es irrenunciable como los derechos m\u00e1s b\u00e1sicos; y por otra parte, si hay un derecho a morir, habr\u00eda un deber de matar por parte del m\u00e9dico, y esa contraposici\u00f3n de derecho y deber de matar, adem\u00e1s de romper todos los principios de nuestra civilizaci\u00f3n europea, creo que no encaja en nuestra Constituci\u00f3n. Por otra parte, hay tambi\u00e9n elementos de forma, que son importantes, y es que esta ley se ha aprobado sin consultar, entre muchos otros, al Comit\u00e9 de Bio\u00e9tica, sin un informe de otros organismos como Colegios de M\u00e9dicos\u2026 Creo que todo eso permitir\u00e1 la declaraci\u00f3n de inconstitucionalidad. Veremos lo que hace el Tribunal.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>Adem\u00e1s se aprob\u00f3 en un momento en que la sociedad en lo que pensaba era en todo lo contrario, en salvar vidas. De hecho, los m\u00e9dicos y todo el personal sanitario \u201cse dejaba la piel\u201d en ello y de pronto nosotros aprobamos una Ley de estas caracter\u00edsticas en un momento concreto tan dif\u00edcil.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Una Ley sin necesidad social, sin demanda social, hecha con car\u00e1cter general pero para una minor\u00eda exigua, porque no hay una demanda social que pida la eutanasia. Ha habido alg\u00fan caso que ha salido en los medios o una pel\u00edcula pero no existe en la sociedad esa demanda. Y adem\u00e1s, est\u00e1 el problema de las profesiones sanitarias: m\u00e9dicos, enfermeros, auxiliares tienen como misi\u00f3n intentar curar, salvar vidas, pero no matar. Rompe desde el Juramento hipocr\u00e1tico hasta las declaraciones de deontolog\u00eda o c\u00f3digos deontol\u00f3gicos de los colegios m\u00e9dicos. Se pasa de salvar vidas a considerar que hay algunas que no son dignas de continuar. La ley no dice eso expresamente pero ese es el esp\u00edritu. Si se puede matar al enfermo cuando \u00e9ste lo solicita, o no tan enfermo, porque la Ley no solamente habla de enfermos terminales o que est\u00e9n a punto de morir, sino m\u00e1s ampliamente y entonces se cambia toda la concepci\u00f3n que tenemos de la Medicina. En este sentido, en estas jornadas se ha hablado incluso de la posibilidad por lo tanto de crear un cuerpo especial de funcionarios, y de esta forma no obligar a los m\u00e9dicos, salvo objeci\u00f3n de conciencia, a practicar algo que es tan opuesto a su vocaci\u00f3n y a su profesi\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>\u00bfEst\u00e1 realmente clara la regulaci\u00f3n de la objeci\u00f3n de conciencia en la Ley?<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">S\u00ed, lo que ocurre es que aparte de la \u201cmaldad\u201d por decirlo as\u00ed que pueda tener la Ley, t\u00e9cnicamente es muy \u201ctorpe\u201d, entre otros aspectos en el de la objeci\u00f3n. Est\u00e1 reconocida y se establece, lo cual plantea dudas legales, \u201cuna lista\u201d de m\u00e9dicos objetores, por lo que se les obliga a declarar su posici\u00f3n y aunque las listas no ser\u00edan p\u00fablicas, s\u00ed ser\u00edan accesibles para la Administraci\u00f3n. Por otra parte, la regulaci\u00f3n del ejercicio del derecho a la objeci\u00f3n de conciencia, se va a llevar a cabo por las Comunidades Aut\u00f3nomas, por lo que habr\u00e1 diferencias entre las regulaciones. Se crear\u00e1n comit\u00e9s que regular\u00e1n el ejercicio de este derecho y plantea muchas dudas jur\u00eddicas. Esto plantea otros problemas. As\u00ed, si un onc\u00f3logo por ejemplo, que est\u00e9 tratando a un paciente grave, si es objetor, \u00bfse le va a retirar del tratamiento a ese enfermo para que entre otro que no haya objetado o no? Lo ideal ser\u00eda que no hubiera eutanasia, pero en este caso, lo \u201cprocedente\u201d ser\u00eda que continuara el mismo m\u00e9dico hasta el momento de practicarla eutanasia, y es ah\u00ed donde surge el debate: si se deja al mismo m\u00e9dico, objetor, tender\u00e1 a convencer al enfermo de que no la pida, mientras que si se deja al m\u00e9dico no objetor podr\u00e1 ocurrir que le quiera convencer de lo contrario. Hay muchas cuestiones complejas que la Ley no resuelve bien.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>Como tampoco resuelve los cuidados paliativos en enfermos terminales, que es quiz\u00e1 donde deber\u00eda focalizarse o al menos donde se deber\u00eda invertir.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Los cuidados paliativos en Espa\u00f1a son muy deficientes, pero eso no constituye ning\u00fan argumento en favor de la eutanasia, sino al contrario, todo el esfuerzo que se ha hecho en favor de la eutanasia, podr\u00eda haberse hecho sobre el final de la vida, el tratamiento del dolor, los cuidados paliativos. Sin embargo lo que se ha hecho es crear un derecho que s\u00f3lo tiene parang\u00f3n en muy pocos pa\u00edses. Podr\u00eda haberse regulado la cuesti\u00f3n a trav\u00e9s de eximentes o atenuantes, pero lo que se ha hecho es crear un derecho a morir. No es un debate entre quienes quieren que la gente sufra y quienes no, eso es una falacia, sino entre quienes quieren proteger la vida hasta la muerte natural, con ayuda y con cuidados. El Derecho tiene que regular con normas de car\u00e1cter general, de aplicaci\u00f3n general, y luego si hay casos excepcionales, se pueden contemplar. Es lo que hac\u00eda la ley del aborto, segu\u00eda siendo delito pero se consideraba que en ciertos casos espec\u00edficos y concretos no se aplicaba la pena. Igual se podr\u00eda hacer en este caso pero no concebirla como un derecho, porque aparte de consideraciones morales, porque desde luego es aplicable el \u201cno matar\u00e1s\u201d, est\u00e1 tambi\u00e9n la cuesti\u00f3n jur\u00eddica, porque rompe la concepci\u00f3n tradicional del Derecho europeo, desde el Derecho Romano hasta hoy y tambi\u00e9n la concepci\u00f3n de la vida humana. Es muy grave lo que introduce esta Ley.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Fuente: <a href=\"https:\/\/www.religionenlibertad.com\/vida_familia\/17794997\/Ignacio-Sanchez-Camara-eutanasia-Si-hay-derecho-a-morir-habria-deber-de-matar.html\">Religi\u00f3n en Libertad<\/a><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>\u201cSi hay un derecho a morir, habr\u00eda un deber de matar por parte del m\u00e9dico, y esa contraposici\u00f3n entre derecho y deber, adem\u00e1s de romper todos los principios de nuestra civilizaci\u00f3n europea, creo que no encaja en nuestra Constituci\u00f3n\u201d. 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