{"id":4504,"date":"2018-11-09T10:31:07","date_gmt":"2018-11-09T16:31:07","guid":{"rendered":"http:\/\/conciencianacional.org\/?p=4504"},"modified":"2018-11-09T10:31:07","modified_gmt":"2018-11-09T16:31:07","slug":"costa-ricael-estado-costarricense-como-garante-de-no-discriminacion-por-motivos-religiosos","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/observatoriolibertadreligiosa.org\/?p=4504","title":{"rendered":"(Costa Rica)El Estado costarricense como garante de no discriminaci\u00f3n por motivos religiosos"},"content":{"rendered":"<p>El ser humano desde los inicios de la historia ha tratado de luchar por sus derechos, los derechos humanos vienen a ser la herramienta quiz\u00e1 m\u00e1s valiosa a nivel de sociedad que se ha impulsado, los mismos buscan ser un escudo para los habitantes de las naciones en protecci\u00f3n del poder que ejerce el Estado.<\/p>\n<p>Costa Rica a lo largo de muchos a\u00f1os se ha promocionado internacionalmente como un pa\u00eds respetuoso y garante de los derechos de sus habitantes, que busca erradicar la discriminaci\u00f3n de nuestra sociedad, pero en la pr\u00e1ctica \u00bfha implementado medidas reales para erradicar la discriminaci\u00f3n por motivos religiosos?<\/p>\n<p>Es importante hacer un an\u00e1lisis de lo que se entiende por discriminaci\u00f3n basados en la religi\u00f3n. Seg\u00fan la ONU en la Declaraci\u00f3n sobre la eliminaci\u00f3n de todas las formas de intolerancia y discriminaci\u00f3n fundadas en la religi\u00f3n o las convicciones, en su art\u00edculo 2 establece, \u201cse entender\u00e1 por discriminaci\u00f3n toda distinci\u00f3n, exclusi\u00f3n, restricci\u00f3n o preferencia fundada en la religi\u00f3n o en las convicciones y cuyo fin o efecto sea la abolici\u00f3n o el menoscabo del reconocimiento, o el goce o el ejercicio en pie de igualdad de los derechos humanos y las libertades fundamentales\u201d.<\/p>\n<p>Un ejemplo de esa distinci\u00f3n es la utilizaci\u00f3n de recursos que son aportados por todos los costarricenses, cat\u00f3licos o no, para contribuir al sostenimiento de la Iglesia oficial a la cual no pertenecen todos los ciudadanos costarricenses. Al estudiar el tema de discriminaci\u00f3n en la sociedad costarricense, el Estado es quien debe procurar medidas que erradiquen todo trato desigual seg\u00fan lo establece el art\u00edculo 4 en la Declaraci\u00f3n sobre la eliminaci\u00f3n de todas las formas de intolerancia y discriminaci\u00f3n fundadas en la religi\u00f3n o las convicciones:<\/p>\n<p>1. Todos los Estados adoptar\u00e1n medidas eficaces para prevenir y eliminar toda discriminaci\u00f3n por motivos de religi\u00f3n o convicciones.<\/p>\n<p>2. Todos los Estados har\u00e1n todos los esfuerzos necesarios por promulgar o derogar leyes, seg\u00fan el caso, a fin de prohibir toda discriminaci\u00f3n de ese tipo y por tomar las medidas adecuadas para combatir la intolerancia por motivos de religi\u00f3n o convicciones en la materia. (ONU, 1981)<\/p>\n<p>En este punto cabe mencionar situaciones que ocurren a diario en los Centros Educativos de este pa\u00eds, donde desde las aulas se genera una ense\u00f1anza confesional a los menores de edad y si sus encargados no est\u00e1n conformes en que a sus infantes se le instruya en esta religi\u00f3n, deben realizar una serie de tr\u00e1mites para que el menor no reciba dicha clase. Adem\u00e1s, una vez que el Centro Educativo ha recibido el documento donde el encargado del educando manifiesta su deseo de que al estudiante se le exima de dicha clase, debe el adulto asistir todas las semanas al Centro Educativo a retirar al menor del aula, porque se indica por parte de los encargados del Centro Educativo que ellos no se pueden hacerse responsables del menor en ese tiempo que no est\u00e1n recibiendo la materia de religi\u00f3n, eso es discriminaci\u00f3n; este ciudadano debe de incurrir en un gasto de tiempo y dinero, entre otros, porque el ni\u00f1o no puede estar en el Centro Educativo o debe estar en el aula donde se imparte la lecci\u00f3n.<\/p>\n<p>Lo anterior genera adem\u00e1s una discriminaci\u00f3n para el menor de edad, que no pertenece a la religi\u00f3n oficial. Cabe resaltar, que el ni\u00f1o y adolescente se encuentran en una etapa de aceptaci\u00f3n, donde este tipo de segregaci\u00f3n impuesta no hacen sino menoscabar su desarrollo integral como individuo, pues se hace una separaci\u00f3n f\u00edsica de su grupo par por el hecho de pertenecer a una religi\u00f3n distinta y ello no es evitado por el gobierno sino que es el que los propicia. Estos eventos hacen que sea de suma importancia que los Diputados se aperciban de la situaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Los legisladores de Costa Rica est\u00e1n llamados a analizar y definir los cambios que se deben realizar desde lo m\u00e1s profundo de nuestras leyes, si se desea ser una naci\u00f3n de respeto a sus ciudadanos, incluyendo la persona menor de edad, removiendo cualquier mandato que promueva desigualdad, y provoque discriminaci\u00f3n por ser parte de una minor\u00eda social. La Costa Rica de hoy, cuenta con pluralidad religiosa; en donde indicar que existe una religi\u00f3n oficial no es congruente y crea un sinn\u00famero de desventajas entre unos y otros ciudadanos.<\/p>\n<p>Fuente:<a href=\"https:\/\/www.elmundo.cr\/el-estado-costarricense-como-garante-de-no-discriminacion-por-motivos-religiosos\/\"> El Mundo<\/a><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El ser humano desde los inicios de la historia ha tratado de luchar por sus derechos, los derechos humanos vienen a ser la herramienta quiz\u00e1 m\u00e1s valiosa a nivel de sociedad que se ha impulsado, los mismos buscan ser un escudo para los habitantes de las naciones en protecci\u00f3n del poder que ejerce el Estado. 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