{"id":16978,"date":"2020-07-24T09:31:51","date_gmt":"2020-07-24T15:31:51","guid":{"rendered":"http:\/\/conciencianacional.org\/news\/?p=16978"},"modified":"2020-07-24T09:31:54","modified_gmt":"2020-07-24T15:31:54","slug":"mexico-la-suprema-corte-decidira-si-veracruz-debe-despenalizar-el-aborto","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/observatoriolibertadreligiosa.org\/?p=16978","title":{"rendered":"(M\u00e9xico) La Suprema Corte decidir\u00e1 si Veracruz debe despenalizar el aborto"},"content":{"rendered":"\n<p class=\"wp-block-paragraph\">En M\u00e9xico hay Estados donde una mujer puede abortar libremente hasta las 12 semanas de embarazo \u2014en la Ciudad de M\u00e9xico y, desde hace menos de un a\u00f1o, en Oaxaca\u2014 y muchos otros donde incluso aunque esta hubiera sido violada, un m\u00e9dico puede acogerse a la objeci\u00f3n de conciencia, como es el caso de Veracruz. La despenalizaci\u00f3n no es general, pues depende de las leyes estatales, y eso implica conflictos constitucionales que garantizan derechos a unas y anulan los de otras. Sobre este punto, pero tambi\u00e9n basado en un informe que documenta graves restricciones de las autoridades de Veracruz a los derechos reproductivos de las mujeres, la Suprema Corte de Justicia decidir\u00e1 en los pr\u00f3ximos d\u00edas si el Congreso estatal debe reformar su C\u00f3digo Penal. Si el fallo dicta que s\u00ed, el dictamen puede derivar en un conflicto entre el poder judicial y el poder legislativo de ese Estado.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">En Veracruz se reconoce el derecho al aborto en casos de violaci\u00f3n, peligro de muerte para la madre o malformaci\u00f3n del feto. Si no se dan estas razones, el delito contempla de seis meses a cuatro a\u00f1os de prisi\u00f3n; tambi\u00e9n est\u00e1 penado para quien efect\u00fae el aborto con el consentimiento de la embarazada con dos a\u00f1os de prisi\u00f3n m\u00e1xima. Al art\u00edculo cuarto de la Constituci\u00f3n se le agreg\u00f3, adem\u00e1s, una frase: \u201cProteger la vida desde el momento de la concepci\u00f3n hasta la muerte natural\u201d. Esto podr\u00eda incurrir en contradicci\u00f3n incluso con los abortos permitidos en el Estado y ha originado numerosos conflictos entre los m\u00e9dicos, cuentan en el Observatorio del Feminicidio, pues pueden alegar que no hay garant\u00edas legales para practicar la interrupci\u00f3n del embarazo bajo ning\u00fan concepto.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Para comprender el contexto por el cual este amparo llega a la Suprema Corte es necesario remontarse a 2016. En ese a\u00f1o, las organizaciones sociales exig\u00edan la declaraci\u00f3n oficial de una alerta de violencia de g\u00e9nero, que mencionaba, adem\u00e1s de la violencia expl\u00edcita contra las mujeres por el hecho de serlo, la violencia institucional. \u201cNosotras solicitamos que se decretara aquella alerta por agravio comparativo, porque se estaba documentando que las mujeres v\u00edctimas de una violaci\u00f3n, y la mayor\u00eda menores de edad (de 400 casos que se encuentran en el informe), se les negaba el acceso, a pesar de la norma. La autoridad no estaba generando las condiciones suficientes para que las mujeres y las ni\u00f1as accedieran a un aborto legal. Y m\u00e1s del 90% del personal de salud se declaraba objetor de conciencia; ve\u00edamos un contexto grave para las mujeres\u201d, explica Luz Estrada, directora del Observatorio del Feminicidio, una de las organizaciones implicadas en este amparo.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Un a\u00f1o despu\u00e9s, un equipo de trabajo dirigido por la Comisi\u00f3n Nacional para prevenir y erradicar la violencia contra las mujeres (Conavim), que depende de la Secretar\u00eda de Gobernaci\u00f3n, valid\u00f3 el informe y formul\u00f3 unas recomendaciones a los \u00f3rganos estatales, incluido el legislativo. Se ped\u00eda la reforma de tres art\u00edculos del C\u00f3digo Penal, que no hubiera plazos para los casos de violaci\u00f3n, que se agregara como causa la salud de la madre y que se despenalizara el aborto en las 12 primeras semanas de embarazo. Las autoridades aceptaron revisar la propuesta, incluso se llev\u00f3 al Congreso una iniciativa, pero esta nunca se discuti\u00f3 en la C\u00e1mara. En 2017 se decret\u00f3 la alerta por violencia de g\u00e9nero solicitada, pero, seg\u00fan las organizaciones sociales, no se avanz\u00f3 en ninguno de los puntos a los que hac\u00eda referencia el informe de la Comisi\u00f3n, pese a que el reglamento marcaba un plazo de seis meses.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Esa omisi\u00f3n legislativa dio lugar, en 2018, al amparo interpuesto por las organizaciones. \u201cPudimos documentar que el legislativo hab\u00eda cometido irregularidades que iban en contra de los derechos de las mujeres. Todo eso se meti\u00f3 en el amparo. Y lo ganamos a nivel federal. Un juez nos dio la raz\u00f3n y reconoci\u00f3 que la autoridad, el legislativo, fue omisa y expuso todos los argumentos para la reforma del C\u00f3digo Penal. Pero el Congreso rechaz\u00f3 el dictamen del juez, al que acus\u00f3 de extralimitarse. Veracruz, dijeron, \u201cse rige por su ley estatal\u201d, explica Estrada.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El Congreso de Veracruz pidi\u00f3 entonces la intervenci\u00f3n de la Suprema Corte, y el ministro Juan Luis Gonz\u00e1lez Alc\u00e1ntara tom\u00f3 la propuesta de las organizaciones y redact\u00f3 un proyecto para resolver si el poder legislativo estatal fue omiso o no. \u201cSe obliga al poder legislativo local a modificar los art\u00edculos 149, 150 y 154 del C\u00f3digo Penal para el Estado de Veracruz, ya que no superan el umbral establecido por dichos instrumentos, al ser normas discriminatorias y\/o constitutivas de violencia contra la mujer que debieron haber sido reformadas sin dilaci\u00f3n por el Estado de Veracruz\u201d, se lee en parte del proyecto hecho p\u00fablico que analizar\u00e1 la Corte el pr\u00f3ximo mi\u00e9rcoles. Para su validez definitiva se requiere una mayor\u00eda de tres votos a favor (de cinco jueces).<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">\u201cEs muy importante aclarar que no se puede saber todav\u00eda a ciencia cierta cu\u00e1les son las implicaciones de la sentencia, pues no se ha publicado el razonamiento completo y no sabemos qu\u00e9 le va a ordenar al Congreso de Veracruz, en caso de que el fallo sea a favor\u201d, explica la doctora en Derecho Constitucional Mariana Velasco. \u201cTambi\u00e9n ser\u00e1 muy interesante saber qu\u00e9 decidir\u00e1 la Corte en el caso de que el Congreso se niegue, pues puede llevar a la destituci\u00f3n del cargo del responsable. Pero llegados a ese punto, ser\u00edan los legisladores y se entrar\u00eda en un conflicto pol\u00edtico entre ambos poderes\u201d, a\u00f1ade Velasco. En el Congreso de Veracruz ahora gobierna Morena, el partido del presidente Andr\u00e9s Manuel L\u00f3pez Obrador.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Aunque en muchos medios de comunicaci\u00f3n veracruzanos se ha especulado estos d\u00edas sobre si una decisi\u00f3n favorable de la Corte propiciar\u00eda la despenalizaci\u00f3n del aborto en todo el pa\u00eds, no es del todo exacto. En M\u00e9xico, desde que en 2008 la capital lo regulara hasta las 12 semanas de gestaci\u00f3n \u2014y la Suprema Corte se pronunciara a favor\u2014 ya existe la posibilidad de que cualquier mujer condenada por abortar en otros Estados recurra ante un \u00f3rgano superior alegando la inconstitucionalidad de su delito. Tambi\u00e9n, la capacidad de que se siente jurisprudencia a partir de cinco casos que se fallen en el mismo sentido y la declaraci\u00f3n general de inconstitucionalidad que puede derivar en una despenalizaci\u00f3n. De manera que el camino, aunque lleno de obst\u00e1culos burocr\u00e1ticos y largo en el tiempo, ya se encontraba abierto.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Lo que falle el mi\u00e9rcoles la Corte puede que no cambie la situaci\u00f3n jur\u00eddica de miles de mujeres en otros Estados del pa\u00eds, pues se concreta en Veracruz, pero dar\u00eda un espaldarazo a la lucha feminista. \u201cDa un mensaje muy importante sobre c\u00f3mo tiene que ser la legislaci\u00f3n en todos los Estados y fortalece los argumentos que organizaciones como GIRE y otras hemos venido dando. Los Congresos deben tomar nota, aunque tenemos que ver las condiciones para cumplir con el amparo\u201d, se\u00f1ala la directora de la organizaci\u00f3n por los derechos reproductivos GIRE, Rebeca Ramos.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Fuente: <a href=\"https:\/\/elpais.com\/mexico\/2020-07-23\/la-suprema-corte-decidira-si-veracruz-debe-despenalizar-el-aborto.html\">El Pa\u00eds<\/a><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>En M\u00e9xico hay Estados donde una mujer puede abortar libremente hasta las 12 semanas de embarazo \u2014en la Ciudad de M\u00e9xico y, desde hace menos de un a\u00f1o, en Oaxaca\u2014 y muchos otros donde incluso aunque esta hubiera sido violada, un m\u00e9dico puede acogerse a la objeci\u00f3n de conciencia, como es el caso de Veracruz. 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