{"id":1514,"date":"2017-10-24T08:39:32","date_gmt":"2017-10-24T15:39:32","guid":{"rendered":"http:\/\/conciencianacional.org\/blog\/?p=1514"},"modified":"2017-10-24T08:39:32","modified_gmt":"2017-10-24T15:39:32","slug":"la-objecion-de-conciencia","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/observatoriolibertadreligiosa.org\/?p=1514","title":{"rendered":"La objeci\u00f3n de conciencia"},"content":{"rendered":"<div class=\"content-body affix-start clearfix \">\n<div id=\"content-body-168-266039\">\n<p>El 10 de octubre, la Ca\u0301mara de Diputados aprobo\u0301 una reforma a la Ley General de Salud, para que me\u0301dicos y enfermeras puedan negarse a dar servicios de salud a pacientes, cuando consideren que ese servicio es contrario a su creencia religiosa. Por ejemplo, si se niegan a practicar un aborto, a colaborar en una eutanasia, a operar a una persona para que ya no pueda tener hijos, cuando no hay razones graves de salud. Otro ejemplo: Los seguidores de una religio\u0301n no aceptan una transfusio\u0301n de sangre. Podemos estar en desacuerdo con ellos, pues su interpretacio\u0301n de textos bi\u0301blicos esta\u0301 fuera de contexto histo\u0301rico, pero un me\u0301dico de ellos puede aducir razones religiosas para no hacer dicha transfusio\u0301n.<\/p>\n<p>Esto es un avance notable, pues antes de esta reforma, los me\u0301dicos se exponi\u0301an a perder su trabajo y ser multados, si se negaban a practicar un aborto. Ahora se protege su libertad religiosa. En medio de la marabunta de las precampan\u0303as electorales, que trae inquietos a todos los legisladores, es de alabar que hayan aprobado este cambio. Felicito particularmente a los legisladores que promovieron esa iniciativa. Dan testimonio de su fe, no la esconden como otros legisladores, y quieren iluminar la poli\u0301tica con el Evangelio. Afortunadamente hubo mayori\u0301a en el Congreso que les apoyo\u0301, pues las razones que sostienen la objecio\u0301n de conciencia no son solo religiosas, sino sociales, sicolo\u0301gicas, antropolo\u0301gicas y culturales. En muchos pai\u0301ses se reconoce este derecho, y nuestro pai\u0301s se habi\u0301a retardado en asumirlo.<\/p>\n<\/div>\n<\/div>\n<div>\u00a0Como era de esperar, de inmediato se levantaron voces que dicen que esta reforma va en detrimento de los \u201cderechos sexuales y reproductivos\u201dde las mujeres, y que les orillari\u0301a a buscar servicios ilegales para acceder a una interrupcio\u0301n del embarazo. Habri\u0301a que aclarar que, asi\u0301 como hay que defender los derechos de las mujeres, con la misma determinacio\u0301n habri\u0301a que defender el derecho a la vida de los concebidos y que au\u0301n esta\u0301n en el seno materno. Son personas, a partir de la concepcio\u0301n. Y si las mujeres tienen derechos, tambie\u0301n los me\u0301dicos y las enfermeras tienen derechos que se deben proteger; con ma\u0301s razo\u0301n los ma\u0301s indefensos e inocentes, los au\u0301n no nacidos.<\/div>\n<section class=\"content-continued-body clearfix \">\n<div id=\"content-body-226-266039\">\n<p><strong>PENSAR<\/strong><\/p>\n<p>Dice el papa Francisco en su Exhortacio\u0301n La alegri\u0301a del amor: \u201cNo puedo dejar de decir que, si la familia es el santuario de la vida, el lugar donde la vida es engendrada y cuidada, constituye una contradiccio\u0301n lacerante que se convierta en el lugar donde la vida es negada y destrozada. Es tan grande el valor de una vida humana, y es tan inalienable el derecho a la vida del nin\u0303o inocente que crece en el seno de su madre, que de ningu\u0301n modo se puede plantear como un derecho sobre el propio cuerpo la posibilidad de tomar decisiones con respecto a esa vida, que es un fin en si\u0301 misma y que nunca puede ser un objeto de dominio de otro ser humano. La familia protege la vida en todas sus etapas y tambie\u0301n en su ocaso. Por eso, a quienes trabajan en las estructuras sanitarias se les recuerda la obligacio\u0301n moral de la objecio\u0301n de conciencia\u201d. (No. 83).\u201cHay que afirmar decididamente la libertad de la Iglesia de en- sen\u0303ar la propia doctrina y el derecho a la objecio\u0301n de conciencia\u201d (No. 279).<\/p>\n<p><strong>ACTUAR<\/strong><\/p>\n<p>Ojala\u0301 nuestros legisladores presenten otras iniciativas que ampli\u0301en el derecho a la libertad religiosa, pues au\u0301n tiene restricciones en la legislacio\u0301n. Y que los me\u0301dicos y enfermeras no ayuden a matar indefensos en el seno materno, sino que sean valientes y defiendan el derecho a la vida. Esto es ser coherentes con su fe.<\/p>\n<p><em>Obispo de San Cristo\u0301bal de las Casas<\/em><\/p>\n<\/div>\n<\/section>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Fuente: <a href=\"https:\/\/www.elsoldemexico.com.mx\/analisis\/la-objecion-de-conciencia-266039.html\">El Sol de M\u00e9xico<\/a><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El 10 de octubre, la Ca\u0301mara de Diputados aprobo\u0301 una reforma a la Ley General de Salud, para que me\u0301dicos y enfermeras puedan negarse a dar servicios de salud a pacientes, cuando consideren que ese servicio es contrario a su creencia religiosa. 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