{"id":13175,"date":"2019-12-12T10:51:19","date_gmt":"2019-12-12T16:51:19","guid":{"rendered":"http:\/\/conciencianacional.org\/?p=13175"},"modified":"2019-12-12T10:51:19","modified_gmt":"2019-12-12T16:51:19","slug":"cuba-practica-y-libertad-religiosa-en-la-prision-de-guantanamo","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/observatoriolibertadreligiosa.org\/?p=13175","title":{"rendered":"(Cuba) Pr\u00e1ctica y libertad religiosa en la prisi\u00f3n de Guant\u00e1namo"},"content":{"rendered":"<p><strong>La Reglas M\u00ednimas de las Naciones Unidas para el tratamiento de los reclusos reconocen la libertad religiosa en las prisiones y el derecho a practicarla<\/strong><\/p>\n<div class=\"entry-meta clearfix\">\n<p>El art\u00edculo 15 de la Constituci\u00f3n de la Rep\u00fablica establece formalmente que \u201cel Estado reconoce, respeta y garantiza la libertad religiosa\u201d.<\/p>\n<p>Finalmente se ha avanzado algo en este camino en el que la iglesia cubana ha perdido muchos espacios y bienes materiales desde 1959. No obstante, la discriminatoria pol\u00edtica estatal se mantiene, pues ning\u00fan cristiano cubano tiene a su alcance medios de difusi\u00f3n masiva para dar a conocer y defender sus ideas. A las iglesias cubanas se les niega o retarda en demas\u00eda el permiso para construir templos u otras instalaciones, e incluso, proyectos de beneficio popular han sido vetados porque el Estado impone la condici\u00f3n de dirigirlos y administrarlos.<\/p>\n<\/div>\n<p>A pesar de los cambios introducidos en la anterior Constituci\u00f3n, los cat\u00f3licos, protestantes y testigos de Jehov\u00e1 son considerados enemigos ideol\u00f3gicos potenciales de la revoluci\u00f3n, y se les impide ejercer derechos humanos elementales como el de escoger la educaci\u00f3n que desean para sus hijos, raz\u00f3n por la cual est\u00e1 preso en esta misma prisi\u00f3n Ram\u00f3n Rigal. Tambi\u00e9n se les impide poseer medios de difusi\u00f3n para exponer sus ideas y mensajes. En tales circunstancias puede colegirse la dif\u00edcil situaci\u00f3n de los religiosos presos para tratar de llevar una vida lo m\u00e1s apegada posible a su creencia.<\/p>\n<p>En cuanto a la Iglesia Cat\u00f3lica cubana, es cierto que presenta desde hace mucho tiempo una acuciante necesidad de sacerdotes. Eso no ha sido obst\u00e1culo para que desde hace m\u00e1s de veinte a\u00f1os funcione, con sus altas y sus bajas, la Pastoral Penitenciaria, dirigida por laicos o sacerdotes y dedicada fundamentalmente a evangelizar, aunque tambi\u00e9n ayuda materialmente a los reclusos m\u00e1s necesitados y acompa\u00f1a espiritualmente a los miembros de esas familias que lo solicitan.<\/p>\n<h3><strong>\u00bfQu\u00e9 establece la legislaci\u00f3n internacional?<\/strong><\/h3>\n<p>La Reglas M\u00ednimas de las Naciones Unidas para el tratamiento de los reclusos (<a href=\"https:\/\/www.unodc.org\/documents\/justice-and-prison-reform\/Brochure_on_the_The_UN_Standard_Minimum_the_Nelson_Mandela_Rules-S.pdf\">Reglas Mandela<\/a>) reconocen la libertad religiosa en las prisiones y el derecho de los internos a practicarlas.<\/p>\n<p>La regla 65.1 establece que si en la prisi\u00f3n hay un n\u00famero suficiente de reclusos de la misma religi\u00f3n, se nombrar\u00e1 o aprobar\u00e1 un representante calificado de ese culto. Cuando el n\u00famero de reclusos lo justifique y las circunstancias lo permitan, dicho representante prestar\u00e1 su servicio a tiempo completo. Ese representante estar\u00e1 autorizado a organizar peri\u00f3dicamente servicios religiosos y a efectuar visitas privadas a los reclusos de esa religi\u00f3n.<\/p>\n<p>Esto se ha logrado parcialmente, luego de muchos tropiezos, pero no existe en la prisi\u00f3n \u2014al menos en la de Guant\u00e1namo\u2014 la libertad religiosa, y con ella un lugar donde los religiosos de las diferentes denominaciones puedan reunirse para leer en silencio la Biblia u otros libros de la fe y meditar colectivamente. Rezar en la prisi\u00f3n, en las actuales circunstancias, es un verdadero milagro. Mucho menos se permite a los creyentes reunirse los domingos para realizar la lectura del d\u00eda, y la celebraci\u00f3n de la eucarist\u00eda ocurre solo en ocasiones muy contadas.<\/p>\n<p>Otro problema que existe es el burocratismo para atender la solicitud de los reclusos para recibir atenci\u00f3n religiosa, la cual se demora injustificadamente. Recientemente un hermano perteneciente a la Iglesia Pentecostal me comentaba que llevaba m\u00e1s de tres meses pidiendo asistencia religiosa y que no le daban respuesta. Tambi\u00e9n corre el rumor \u2014imposible de confirmar por este corresponsal\u2014 de que en el caso de algunas denominaciones protestantes las autoridades del penal han dicho que no permitir\u00e1n que crezcan m\u00e1s.<\/p>\n<p>Lo l\u00f3gico es que existiera en cada establecimiento un local donde practicar nuestra fe, pero, si tuvieron que pasar m\u00e1s de cuarenta a\u00f1os para que se permitiera la entrada de Biblias en las prisiones, todo indica que ese es un sue\u00f1o que tardar\u00e1 mucho en cumplirse, a\u00fan m\u00e1s cuando las prisiones est\u00e1n harto deterioradas y los pocos recursos que reciben no ser\u00e1n dedicados a esos menesteres.<\/p>\n<p><strong>De todo hay en la vi\u00f1a del Se\u00f1or<\/strong><\/p>\n<p>Recientemente particip\u00e9 en mi primer encuentro de asistencia religiosa \u2014como le llaman aqu\u00ed\u2014 con el Padre Jean Gonz\u00e1lez Romero, responsable diocesano de la Pastoral Penitenciaria.<\/p>\n<p>En ese encuentro, del cual\u00a0<a href=\"https:\/\/www.cubanet.org\/destacados\/humillaciones-castigos-y-la-estrella-que-ilumina-y-mata-dictadura\/\">fui sacado<\/a>\u00a0por alg\u00fan tiempo para ser llevado a la Oficina de Orden Interior por haber publicado un art\u00edculo anterior en CubaNet \u2014fui esposado fuera de la vista del sacerdote\u2014, me percat\u00e9 del inmenso trabajo que tiene la Iglesia en la prisi\u00f3n, pero tambi\u00e9n de que no todos los que asisten a esos encuentros tienen definido su camino. Unos lo hacen para escuchar y transmitir lo que dice el sacerdote \u2014aunque siempre hay un guardia escuch\u00e1ndolo todo\u2014 y otros para ver qu\u00e9 reciben, pues hasta la Biblia, que tanto esfuerzo cuesta a nuestra Iglesia obtener, la cambian por cigarrillos u otros productos.<\/p>\n<p>No hay que olvidar que aqu\u00ed hay muchos hombres con muy bajo nivel cultural, muchos de ellos con historias familiares y sociales muy duras y tristes, y eso marca al individuo.<\/p>\n<p>Desgraciadamente he estado preso dos veces y conozco el dolor, el abandono, la indefensi\u00f3n, lo abusos y humillaciones que sufren los presos. Por eso creo firmemente en la importancia de la labor que realizan las iglesias, cat\u00f3lica y de otras denominaciones, empe\u00f1adas en llegar con su mensaje evangelizador a lugares como este.<\/p>\n<p>Muchas son las dificultades, pero tambi\u00e9n las esperanzas. Cada d\u00eda el sol, como afirma la Biblia, sale para todos los hombres, sean buenos o malos, creyentes o ateos. Cada d\u00eda todo hombre tiene la posibilidad de proponerse ser un mejor ser humano, por muy turbio que sea su pasado. Esa posibilidad es apoyada con loable esfuerzo por las pastorales penitenciarias que actualmente trabajan en las prisiones. Lo dem\u00e1s queda de parte del hombre y, por supuesto, de la dictadura comunista cubana, que deber\u00eda acabar de entender la libertad religiosa como un derecho humano y respetarlo en toda su extensi\u00f3n, como ocurre en numerosos pa\u00edses del mundo.<\/p>\n<p>Fuente: <a href=\"https:\/\/www.cubanet.org\/destacados\/practica-libertad-religiosa-en-la-prision-de-guantanamo\/\">CubaNet<\/a><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La Reglas M\u00ednimas de las Naciones Unidas para el tratamiento de los reclusos reconocen la libertad religiosa en las prisiones y el derecho a practicarla El art\u00edculo 15 de la Constituci\u00f3n de la Rep\u00fablica establece formalmente que \u201cel Estado reconoce, respeta y garantiza la libertad religiosa\u201d. 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